Malvinas: beneficios sólo para combatientes.

(diariolareforma.com.ar)La Corte Suprema de la Nación rechazó una demanda de veteranos de Malvinas porque ‘no participaron en las acciones bélicas’. El Tribunal señaló que “se trata de un ‘requisito ineludible’, al momento de considerar quiénes son los beneficiarios” de las pensiones dispuestas en la Ley 23.109 y su decreto reglamentario.

El máximo tribunal de justicia de la Nación volvió a pronunciarse sobre la procedencia de pensiones solicitadas por exveteranos de la guerra de Malvinas. En esta oportunidad, decidió revocar la sentencia que había reconocido que exsoldados conscriptos que fueron movilizados a Comodoro Rivadavia sean tenidos como excombatientes del conflicto bélico y, en esos términos, ser beneficiarios de las pensiones dispuestas por la Ley 23.109 y su decreto reglamentario Nº 509/88.


La decisión le pone coto definitivo a las pretensiones de veteranos movilizados, con actuación en el territorio continental, de ser considerados veteranos de guerra y por consecuencia percibir los mismos beneficios. Y en la cuestión, no estuvo ajena en General Pico donde el reclamo fue reiteradamente enarbolado por la organización sin fines de lucro Veteranos de Guerra Pampeanos por Malvinas situación que, en el tiempo, generó no pocas rispideces con algunos integrantes de la Asociación Veteranos de Guerra Alberto Amesgaray. Precisamente ayer, uno de sus integrantes, Jorge Gaitán, acordó que lo resuelto por la CSJM “termina con la discusión”.

Sobre el particular, el extripulante del crucero ARA General Belgrano consideró que “se ponen las cosas en su justo lugar, nosotros no discutíamos con la gente movilizada pero sí nos dolía el uso desmedido que se le estaba dando a la causa, la falta de respeto a nuestros héroes, el manoseo que se le daba a la causa Malvinas, por eso consideramos que este fallo de la Corte Suprema de Justicia frena todo este tipo de especulaciones y situaciones que se viven en nuestro país con respecto a mucha gente”.

Para Gaitán, la resolución “los va a sacar (a los reclamantes) de esta situación de un pedido injusto, que no les corresponde, este fallo corta cualquier especulación y en especial aquellas que provienen de la política, porque en este tiempo de elecciones también aparecen los políticos que en campaña se montan en esta corriente”.

Antecedentes

La sentencia recurrida en autos ‘Arfinetti, Víctor Hugo c/ Estado Nacional Ministerio de Defensa Ejército Argentino’, dictada por la Cámara Federal de Córdoba había declarado que “todos los ciudadanos convocados y movilizados a raíz del conflicto de Malvinas poseían ’estado militar’, tanto en el Teatro de Operaciones del Atlántico Sur, como en el resto del territorio argentino, y que, cualquiera fuera su rango o la fuerza de revista, se hallaban jurídica y militarmente en ’guerra’ desde el 31/5/1982”. Sobre esos términos, declaró la inconstitucionalidad del primer artículo del Decreto.

Pero en el lado opuesto se encontró el criterio de los ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda y Carlos Fayt, quienes declararon que el decreto, que establece que “a los efectos de la aplicación de la ley 23.109 se considerará veterano de guerra a los exsoldados conscriptos que desde el 2 de abril al 14 de junio de 1982 participaron en las acciones bélicas desarrolladas en el Teatro de Operaciones del Atlántico Sur, cuya jurisdicción fuera determinada el 7 de abril de dicho año y que abarcaba la plataforma continental, las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur y el espacio aéreo correspondiente”, tiene como requisito indispensable haber participado en acciones bélicas, por lo que, como en el caso los peticionantes no acreditaron esa condición, la demanda debía ser rechazada.

“Se advierte claramente que la ’participación en acciones bélicas’ aparece, en ambas normas, como requisito ineludible, al momento de considerar quienes son los beneficiarios de aquéllas. Supone, necesariamente, que así como hubo conscriptos que ’participaron en acciones bélicas’, hubo otros que no lo hicieron. Si así no fuera, la clasificación carecería de sentido”, razonaron los integrantes del Máximo Tribunal. En esa senda, el fallo aclara que “si se concluyera que los actores no han tenido la mentada ‘participación’, carecería de sentido determinar si los ámbitos geográficos determinados por la ley 23.109 Y el decreto reglamentario 509/88 coinciden o, por el contrario, difieren, porque la elucidación de la señalada cuestión revestiría un interés meramente académico”.

Los magistrados entendieron que en el fallo de la Cámara Federal de Córdoba el Tribunal “se limita a declarar que los actores prestaron, en Comodoro Rivadavia, tareas ’específicas, previamente determinadas’”, pero no abordó “el decisivo tema de si esas tareas ‘específicas’ constituían la participación en acciones bélicas, requisito imprescindible para la aplicación de la normativa pretendida”.

Para los ministros, esa específica ‘participación’ no surgía de las constancias de la causa, por lo que concluyeron que la postura adoptada por el a quo “implica, en la práctica, eliminar la distinción a que se aludió supra entre conscriptos que ’participaron en acciones bélicas’ y otros que no lo hicieron homogeneizando indebidamente en un genérico ’todos participaron’, que desvirtúa el sentido de la ley”.

Denuncia en marcha

Gaitán, ayer, confirmó la denuncia penal realizada contra Agüero Ceballos, un supuesto veterano de guerra de Malvinas que pasó por General Pico para entregar medallas y reconocimientos a exsoldados continentales de la provincia de La Pampa. Tal como lo anticiparan a principio de mes pasado en una conferencia de prensa, la los integrantes de la Asociación Veteranos de Guerra de Malvinas ‘Alberto Amesgaray’, concretaron la denuncia hace 15 días ante la fiscalía que titulariza la doctora Verónica Campo.

“Hicimos la denuncia y acercamos toda la documentación que nos pidió la fiscal, contra este personaje de 83 años que seguramente no tendrá una pena por su edad, pero sí frenar este tipo de actitudes y tener cuidado con las cosas que tienen que ver con Malvinas, creemos que no se puede jugar con una causa que nos hermana a los argentinos y pretendemos cuidarla de todas estas situaciones que se viven diariamente”, señaló.

El supuesto “teniente Coronel, comandante Escuadrilla de Aviones de Pucará y con medallas de reconocimiento de las FFAA y de la Cruz Roja Internacional por su actuación en Malvinas, es un un impostor” y que “no consta en ningún registro oficial que haya participado en la Guerra de Malvinas y/o posea Medallas de Reconocimiento” había dicho los malvineros piquenses en el encuentro con los medios.

La Asociación confirmó que “luego de las consultas de rigor en organismos e integrantes de las FFAA, Registro Nacional Veteranos de Guerra que lo componen las tres FFAA y tiene el visado del Ministerio de Defensa de la Nación Argentina, Registro Nacional de las Personas, Archivo Histórico del Ejército, pilotos de Aviones Pucará participantes de la Guerra de Malvinas, encargado de Veteranos de Malvinas de la Fuerza Aérea y ANSES, surgió que Ceballos, no consta en ningún registro oficial que haya participado en la Guerra de Malvinas y/o posea Medallas de Reconocimiento Oficiales de la Nación Argentina por participación alguna en la Guerra de Malvinas”.